NoticiasIruya / Remate judicial de bienes secuestrados en Salta
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Los bienes se exhibirán el próximo lunes 18, de 9 a 16, en la Dirección de Bienes Secuestrados. Su descripción individualizada estará disponible en la página web del Poder Judicial.
Entre el martes y el miércoles de la semana próxima serán rematados bienes secuestrados con base en el depósito de la Dirección de Bienes Secuestrados del Poder Judicial de Salta ubicada junto a la Ciudad Judicial de Salta.
La Corte de Justicia de esta Provincia ha ordenado rematar los bienes secuestrados entre el martes 19 y el miércoles 20 de abril.
La Dirección de Bienes Secuestrados del Distrito Judicial del Centro, está ubicada en la calle Lateral Oeste s/n, Ciudad Judicial.
Serán rematados: motos registrables de diferentes cilindradas, marcas Honda, Motomel, Cegnano y Yamaha. También serán rematadas bicicletas de diferentes marcas y rodados, herramientas, vajilla, sillas de montar, motos chatarra, entre otros elementos, que rematarán en el estado en que se encuentren, con base, por unidad y por lote. La subasta será realizada por los martilleros Wilfredo José Luis Argañaraz y Claudia María del Valle Díaz.
Los mismos serán rematados en el estado en que se encuentren, con base, por unidad y por lote. Aquellos cuyo precio no excedan de doscientos cinco mil ochocientos nueve con nueve centavos pesos, deberán ser abonados en dinero de contado en el remate y retirados en el mismo acto. Cuando el precio exceda ese monto, se abonará el 30% como seña y el saldo a las 48 horas hábiles de efectuado el remate.
En el caso de los bienes por los que se abona la totalidad del bien en el remate son retirados en el mismo acto.
Cuando se abone la seña, en el acta correspondiente se le hará conocer al comprador que, a partir de la integración del precio, tiene un plazo de diez días para retirar el bien adquirido, fecha a partir de la cual deberá pagar el canon correspondiente a la guarda. Esto, bajo apercibimiento de que, vencidos 60 días sin que haya retirado el bien, se deje sin efecto la venta y pierda el comprador lo ya pagado a favor del Poder Judicial, que podrá efectuar un nuevo remate.
En todos los casos, los compradores deberán abonar en el acto de remate el 10% de comisión de los martilleros, como así también el impuesto de sellos establecido por el Código Fiscal (1,2%). Se deja aclarado que el impuesto mínimo que se debe abonar por este concepto es de 70 pesos, equivalente a veinte unidades tributarias (art. 16 de le ley impositiva Nº 6611 y sus modificatorias) y el IVA correspondiente a dicha comisión, en el caso que fuere responsable inscripto.
El adquirente de los vehículos podrá gestionar la inscripción del dominio en los términos previstos por el Capítulo I, Secc. XI, parte primera, arts. 1° a 8° de la disposición N° 119 del 10/03/93 de la Dirección Nacional de Registro de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios.
Los bienes se exhibirán el próximo lunes 18, de 9 a 16, en la Dirección de Bienes Secuestrados. Su descripción individualizada estará disponible en la página web del Poder Judicial.